La nomenclatura como instrumento para preservar la memoria histórica de Tecate

Por Emilio Sánchez Pérez

Resumen

Se aborda los cambios que ha sufrido la toponimia de la localidad a lo largo del siglo XX, primero por la falta de leyes y reglamentos que regularan el procedimiento para asignar nombres a vialidades, colonias, fraccionamientos y accidentes geográficos y después de su publicación a partir de los 90´s por el desconocimiento de las leyes y reglamentos por parte de la población tecatense.

La nomenclatura en el ejercicio de su aplicación cumple con una importante función, que al asignar nominalmente un nombre o número a un objeto o cosa, ya sea paraje, rancho, ranchería, pueblo, ciudad, colonia, barrio, avenida, calle, callejón o inmueble, etc. De tal nominación se genera un valor histórico y dependiendo de la importancia de su evolución o desarrollo formara parte fundamental de la identidad de un asentamiento humano, si hay respeto de asignación.
Así también consta de 8 calles transversales que inician en la Avenida Miguel Hidalgo que marca el sur de este plano y punto final el norte en la Ave. México, que corre paralela a la línea internacional. Además, fueron señaladas numéricamente, partió del número uno, actualmente Portes Gil al este, y así sucesivamente hasta llegar a la número ocho, hoy calle Venustiano Carranza al oeste de la ciudad.

En relación a la nomenclatura urbana de Tecate, esta tiene su origen en 1917 la cual surge mediante la elaboración del primer plano realizado por los ingenieros Enrique Gil y Ernesto Ferrer. Con una distribución de 21 manzanas, cuatro avenidas principales, que corren de este a oeste y llevaron inicialmente las cuatro primeras letras del abecedario. La “A” es la que hoy se conoce como Ave. Miguel Hidalgo, la “B” Benito Juárez, la “C” Revolución, y la “D” Avenida México.

La nomenclatura original permaneció intacta por un periodo de dos años hasta que hizo su arribo el ingeniero Luis Pavón en el Año de 1919, quien modificó el plano agregándole otros elementos como el señalamiento de terrenos vendidos, la avenida “A” se convirtió en la Libertad, la número uno cambio a calle Benito Juárez, sin que los números y letras por el momento no quedaron fuera de este contexto, pero es claro que hubo una alteración a la nomenclatura de origen.

En 1923 Tecate pierde su autonomía municipal para situarse en la nueva categoría de Delegación, es en este periodo que nace la brillante idea de que las calles llevarán el nombre de los pioneros colonizadores, que por mérito a sus esfuerzos y fundadores de este pueblo finalmente se les hacía justicia a personajes como don Ramón Salazar López quien cediera los terrenos para la construcción del parque Miguel Hidalgo, don José María Villagrana, primer profesor oficial que llego a Tecate que enseñó a leer y escribir a los niños, hijos de los colonos de quien heredamos estas tierras y que hoy viven en un total olvido, el proyecto fue fugaz y efímero.

En 1947 el ingeniero Ruperto Parra G. Propuso que las calles deberían llevar el nombre de héroes nacionales y fechas que recuerden hechos históricos de nuestra patria y a la vez también hacía notar las irregularidades que había en ese rubro, que en algunas manzanas se repetían hasta tres veces el mismo número.

En este mismo tenor en la colonia Aldrete en manzanas y predios distintos comparten la misma nomenclatura. Calles con nombre de personajes con alto rango militar, poniendo en duda el criterio que fue aplicado, pero lo más aberrante fue lo que sucedió en el trienio administrativo del XVI ayuntamiento, que por una decisión equivocada el pueblo de Tanamá con una historia de más de doscientos años, de tajo de un día para otro se le cambio el nombre por el de Delegación Nueva Colonia Hindú.

Lamentablemente estos graves errores son inevitables cuando no hay un consenso ciudadano o una ley, norma o reglamento que regule o establezca el procedimiento a seguir al momento de asignarle un nombre a las vialidades, colonias, fraccionamientos y accidentes geográficos.

En la actualidad la Ley de Preservación del Patrimonio Cultural del Estado de Baja California en su Capítulo I,  Articulo 5, apartado VII protege los nombres originales y que han sido transmitidos de generación a generación al establecer que se entienden como Valores Culturales el conjunto de conocimientos, representaciones y visiones del mundo cuyas manifestaciones posean interés desde el punto de vista de las tradiciones, las costumbres, la creación artística e intelectual, y los conocimientos científicos y tecnológicos propios de los habitantes de Baja California, pudiendo ser manifestaciones de interés cultural, festivales culturales, los idiomas de Baja California y la Toponimia regional, siendo esta última el nombre de Baja California, así como los nombres y designaciones originales otorgadas a los lugares y accidentes geográficos de Baja California.[1]

El Reglamento de Nomenclatura para el Municipio de Tecate, Baja California en su Artículo I se indica que tiene por objeto establecer los procedimientos para la asignación de nombres o claves de identificación numérica o alfabética a los bienes inmuebles de propiedad pública o particular, ubicados dentro de la jurisdicción territorial del municipio de Tecate. Así mismo, en su Artículo 3  indica que se entenderá por nomenclatura, al conjunto de disposiciones administrativas y técnicas, relacionadas con la asignación de nombres e identificación numérica o alfabética a los bienes públicos o particulares ubicados en la jurisdicción del municipio. Sin embargo, en ninguno de sus artículos indica que se respetará  la toponimia regional, lo cual es comprensible por que fue hasta nueve meses después que la Ley de Preservación del Patrimonio Cultural fue publicada, pero esta omisión todavía se presenta en el Reglamento de Nomenclatura vigente el cual su última modificación apareció publicada en el Periódico Oficial del 24 de octubre de 2008.[2]

Por lo delicado y la importancia que todo esto tiene es recomendable que toda asociación civil, grupos constituidos con la visión de ayudar socialmente y población con la voluntad de servir nos involucremos y realicemos el ejercicio de proponer nombres significativos para la comunidad de acuerdo con lo establecido en el Articulo 29 del Capítulo Tercero.[3]

Y de acuerdo con los Artículos 21 al 25, del Capitulo Segundo en donde abre la puerta a las solicitudes y propuestas ciudadana nos unamos con el mismo fin, no sólo para proponer si no para rescatar dentro del marco de la posibilidad los nombres autóctonos que poco a poco se van perdiendo del contexto histórico  solo tenga presente esto, “que preservar la historia es igual a turismo cautivo”.

[1] Ley de Preservación del Patrimonio Cultural del Estado de Baja California, publicada en el Periódico Oficial No. 39, el 18 de agosto de 1995, Tomo CII.

[2] Reglamento de Nomenclatura para el Municipio de Tecate, Baja California, publicado en el Periódico Oficial No. 6, 10 de Febrero de 1995, Tomo CII y su última modificación en el Periódico Oficial No. 53, de fecha 24 de Octubre de 2008, Tomo CXV.

[3] Dicho Artículo establece que se podrán poner nombres de personajes que la historia reconozca como héroes patrios, nombres de personas físicas o morales que se hayan distinguido por sus acciones en beneficio de la comunidad, fechas de acontecimientos o hechos históricos que contribuyeron a la formación de la patria y cualquier otro nombre que sea sustentado por argumentos o hechos que obedezcan a una razón comunitaria.

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